Política de desconexión laboral

Para Mantenimiento Industrial Colombia S.A.S, el bienestar de los colaboradores es una prioridad, por esto propendemos por la conciliación de la vida personal, familiar y profesional, respetando los horarios laborales de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo. Según lo anterior, la presente política contempla los siguientes derechos y obligaciones para todos los colaboradores de Mantenimiento Industrial Colombia S.A.S, a saber:

  1. Tener en cuenta que la jornada de trabajo ordinaria en Mantenimiento Industrial Colombia S.A.S, está alineada con la jornada máxima legal definida de la siguiente manera: 2023 47 horas, 2024 46 horas, 2025 44 horas y 2026 42 horas semanales, de lunes a sábado. Pueden repartirse las horas semanales de trabajo ampliando la jornada ordinaria hasta por dos horas, por acuerdo entre las partes, pero con el fin exclusivo de permitir a los colaboradores el descanso durante todo el domingo. Esta ampliación, en concordancia con lo establecido en el literal d) del artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, no constituye trabajo suplementario o de horas extras. Las jornadas de trabajo que excedan los horarios acordados en la jornada máxima legal, serán analizadas según el cargo para el reconocimiento de horas extras o trabajo suplementario.

  2. No se impartirán órdenes por fuera de la jornada laboral, a través de los diferentes medios electrónicos utilizados para la comunicación con los trabajadores (Correo electrónico, Teams, WhatsApp y teléfono corporativos). En todo caso, teniendo en cuenta que pueden darse situaciones excepcionales que deberán ser atendidas por el colaborador de manera inmediata.

  3. Disfrutar anualmente mínimo 7 de los 15 días de vacaciones establecidos por ley, que será un tiempo de descanso remunerado y no podrá ser interrumpido por parte de Mantenimiento Industrial Colombia SAS. salvo que, concurran circunstancias de fuerza mayor o que supongan grave, inminente o evidente perjuicio para la compañía, caso en el que el colaborador estará en la obligación de dar respuesta al empleador, sin que tal circunstancia eventual pueda ser considerada como una forma de acoso laboral. Es importante tener en cuenta lo establecido en el reglamento Interno de Trabajo, en relación con los días que deberá tomar por vacaciones cada colaborador.

  4. Reanudar sus vacaciones, una vez sea atendida la contingencia o cuando lo estime conveniente dentro de los dos meses siguientes y de común acuerdo con su líder, si se presenta interrupción justificada. conexión

  5. Si bien durante el periodo de vacaciones no se realizará bloqueo de usuarios a los aplicativos y dispositivos de la compañía, es responsabilidad de cada colaborador respetar sus días de descanso y abstenerse de realizar conexiones que puedan afectar. De igual forma, los líderes deberán respetar este tiempo y no podrán solicitar al colaborador durante su periodo de vacaciones.

  6. Respetar el trabajo en los días pactados, de modo que en el tiempo de descanso, licencia y permisos se evitarán las solicitudes de tareas, salvo que, concurran circunstancias de fuerza mayor o que supongan grave, inminente o evidente perjuicio para la compañía, caso en el que el colaborador estará en la obligación de dar respuesta al empleador, sin que tal circunstancia eventual pueda ser considerada como una forma de acoso laboral.

  7. Cada colaborador velará por hacer uso adecuado de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones entregadas por la organización, no utilizándolas por fuera de la jornada laboral pactada, para sí mismo o atendiendo solicitudes a terceros.

  8. Evitar solicitudes o requerimientos por fuera de la jornada y horario laboral; en caso de hacerlo no se esperará respuesta hasta tanto no se dé inicio a la siguiente jornada y horario laboral, salvo que el requerimiento esté soportado en la existencia de una fuerza mayor, o circunstancias que deban ser atendidas de forma inmediata.

  9. Coordinar las diferentes solicitudes y requerimientos previsibles para que puedan ser atendidos dentro de la jornada laboral o próxima a su finalización, para evitar que pueda prolongar la jornada e invadir el tiempo de descanso propio y de otros.

  10. Agendar las reuniones de trabajo buscando preferiblemente no se extiendan más allá de la jornada y horario laboral, para que no se vea afectado el tiempo de descanso, salvo situaciones que deban ser atendidas de forma inmediata por ser de gran importancia o trascendencia para la compañía.

  11. Respetar la presente política de desconexión laboral, tanto los colaboradores que ejecutan sus labores de forma presencial como aquellos que lo hacen de forma remota y especialmente los líderes con personas a cargo, quienes serán un referente para sus equipos.

  12. Promover la presente política y la participación en las actividades que incentiven el balance de vida y el respeto por los horarios laborales.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: Esta política se aplicará a la totalidad de Colaboradores de Mantenimiento Industrial Colombia S.A.S,

Fecha de aprobación: 26 de enero 2026.